DESARROLLO EMPRENDEDORES

La inversión en emprendimientos argentinos ahora podrá descontarse del impuesto a las ganancias

Quienes inviertan en emprendedores podrán descontar entre el 75 y el 85 por ciento del aporte de inversión del Impuesto a las Ganancias.

El Ministerio de Producción reglamentó el artículo 7 de la Ley 27349 de Apoyo al Capital Emprendedor, que permite que quienes inviertan en proyectos de este tipo puedan deducir la inversión del Impuesto a las Ganancias, informó el gobierno a través del Boletín Oficial.

La normativa busca facilitar la constitución, promoción y el crecimiento de pequeñas empresas en el territorio nacional, y plantea tres requisitos básicos que delimitan qué tipo de emprendimientos pueden recibir las inversiones.

-Ser desarrollado por una persona jurídica susceptible de recibir aportes de capital en forma directa o a través de instrumentos convertibles en su capital social.-

-No encontrarse dentro de ningún régimen de oferta pública de su capital en ningún mercado de valores, de ninguna jurisdicción y bajo cualquiera de sus modalidades.

-Los Emprendedores originales deben detentar el control político del Emprendimiento al momento de hacerse efectivo el aporte de inversión, y dichos Emprendedores deberán conservar el control por un plazo mínimo de ciento ochenta  días de efectivizado el aporte.

Además, cuando el emprendimiento reciba aportes de inversión, deberá contar con al menos el 50% de sus trabajadores domiciliados en el país; y cumplir con al menos dos de los siguientes requisitos: que más de la mitad de los emprendedores vivan en Argentina; que el 25% de los gastos a proveedores vayan a empresas argentinas; o que el 25% de la facturación sea percibida en el país.

Para que el descuento sobre Ganancias ascienda al 85%, la inversión deberá aplicarse a proyectos «pertenecientes a zonas de menor desarrollo y con menor acceso al financiamiento», o bien para proyectos de inversión en capital en emprendimientos radicados en el NEA y NOA, es decir, en las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Santiago del Estero.

Todos los inversores interesados en este tratamiento impositivo especial podrán inscribirse en el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor. Una vez registrados estarán habilitados para presentar los emprendimientos invertidos.

 

Fuente: ArgeNews