Se trata de los partidos de La Matanza, San Martín, Tres de Febrero, Pilar, Quilmes y Zárate. Las industrias que reanudarán sus actividades deberán hacerlo con protocolos sanitarios y ciertas reglamentaciones para el cuidado de los trabajadores y trabajadoras.
La decisión administrativa 818/2020 firmada por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, fue publicada este martes en el Boletín Oficial, entre las disposiciones, el Gobierno señala que “en todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio”.
Las actividades autorizadas para cada municipio son las siguientes:
En La Matanza
Se autorizaron las industrias automotriz y de autopartes; de indumentaria; metalúrgica, maquinaria y equipos; calzado; gráfica, ediciones e impresiones; madera y muebles; juguetes; textil; química y petroquímica; y plásticos y subproductos.
En San Martín
Se habilitó a la industria automotriz y autopartes; electrónica y electrodomésticos; indumentaria; productos del tabaco; metalurgia, maquinaria y equipos; calzado; gráfica, ediciones e impresiones; madera y muebles; juguetes; cemento; textil; manufacturas del cuero; neumáticos; bicicletas y motos; química y petroquímica; celulosa y papel; plásticos y subproductos; y cerámicos.
En Tres de Febrero y Zárate
Solo se exceptuaron las industrias automotriz y de autopartes.
En Quilmes
Se autorizó a volver a las industrias textiles y de fabricación de juguetes.
En Pilar
Podrán funcionar las fábricas de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores y también la producción de tabaco.
En la disposición también se aclara que “los desplazamientos de los trabajadores deberán limitarse al estricto cumplimiento de la actividad exceptuada”.
Además, se prevé que “los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene, seguridad y traslado establecidas por las respectivas jurisdicciones para preservar la salud de los trabajadores”.
Para acudir a sus trabajos, los trabajadores y trabajadoras, “deberán tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Covid-19”, indica la disposición.