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ARCA lanza un nuevo plan de pagos para MiPyMEs y otros contribuyentes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció el lanzamiento de un nuevo plan de facilidades de pago destinado a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs), entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector salud y pequeños contribuyentes, con el objetivo de regularizar deudas tributarias. La medida, publicada mediante la resolución general 5629, contempla un plazo de hasta 4 años para el pago de las obligaciones.

La novedad, que busca aliviar la carga fiscal de los sectores más afectados por la situación económica, también incluye una extensión de la suspensión de ejecuciones fiscales y embargos hasta el 31 de julio de 2025 para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud. Esta suspensión había sido solicitada previamente por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) en una nota enviada el 27 de diciembre, dirigida al ministro de Economía, Luis Caputo, y al titular de ARCA, Juan Alberto Pazo, en la que se solicitaba una prórroga de seis meses.

La adhesión al plan estará disponible desde el 3 de febrero hasta el 30 de abril de 2025, y podrá realizarse a través del sistema informático “Mis Facilidades” utilizando la Clave Fiscal.

¿Quiénes pueden acceder al plan?

El nuevo régimen está destinado a varios grupos de contribuyentes, entre los que se incluyen:

Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2), que cuenten con el Certificado MiPyME vigente al momento de la adhesión y que estén correctamente caracterizadas en el Sistema Registral.

Pequeños contribuyentes, definidos como personas humanas o sucesiones indivisas caracterizadas en el Sistema Registral con el código “547 – Pequeño Contribuyente” al momento de la adhesión.

Entidades sin fines de lucro que se encuentren registradas en el Sistema Registral.

Contribuyentes del sector salud caracterizados con el código “533 – Protección transitoria y Alivio Fiscal para el Sector Salud” en el Sistema Registral.

Tipos de obligaciones que se pueden incluir

El régimen permite incluir diversas obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024, tales como:

Obligaciones impositivas y de recursos de la seguridad social, incluyendo sus intereses y multas.

Retenciones y percepciones impositivas.

Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación, y liquidaciones de estos tributos, incluidos los intereses.

Condiciones y plazos del plan

Los contribuyentes podrán optar por cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin necesidad de un pago a cuenta. La tasa de financiación para los pequeños contribuyentes, MiPyMEs, entidades sin fines de lucro y el sector salud será del 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen. En cambio, las medianas empresas (Tramos 1 y 2) deberán afrontar una tasa del 40% sobre la misma tasa resarcitoria.

En cuanto a la cantidad de cuotas disponibles, se detallan las siguientes opciones:

48 cuotas para las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, así como las obligaciones aduaneras de los pequeños contribuyentes, MiPyMEs, entidades sin fines de lucro y el sector salud, con la tasa de financiación del 25%.

36 cuotas para las mismas obligaciones de las medianas empresas (Tramos 1 y 2), con una tasa de financiación del 40%.

24 cuotas para las retenciones y percepciones impositivas de los pequeños contribuyentes, MiPyMEs, entidades sin fines de lucro y el sector salud, con la tasa del 25%.

18 cuotas para las retenciones y percepciones impositivas de las medianas empresas (Tramos 1 y 2), con una tasa del 40%.

Con este nuevo régimen, ARCA busca dar un respiro a los sectores productivos más vulnerables, a la vez que fomenta la regularización fiscal y la normalización de las deudas tributarias.